Tribunal de Costa Rica ordena a SINAC abordar la destrucción de manglares en Playa Sámara

Costa Rica Court Orders SINAC to Address Mangrove Destruction in Sámara Beach

La Sala Constitucional ha ordenado al Sistema Nacional de Areas de Conservación (SINAC) intervenir en trabajos en curso que afectan los manglares y humedales en la desembocadura del río Lagarto en Playa Sámara, Guanacaste. Esta directiva fue emitida en la última decisión del tribunal. El tribunal sostuvo un recurso presentado contra el Ministerio de Ambiente y la Municipalidad de Nicoya, citando la eliminación de ecosistemas marinos en áreas ecológicamente sensibles que forman parte del Patrimonio Natural del Estado.

Según el demandante, a pesar de la conciencia comunitaria sobre estas actividades, las autoridades no han implementado medidas para recuperar y proteger estos valiosos recursos. El recurso fue presentado el 6 de febrero contra el Ministerio de Ambiente y Energía (Minae) y la Municipalidad de Nicoya. Surgió de la falta de respuesta de SINAC a una denuncia ambiental presentada el 8 de abril de 2022, que solicitaba información, acciones correctivas, y la delimitación y restauración de las áreas afectadas.

El reclamante afirmó: “Tanto SINAC como la municipalidad han descuidado sus obligaciones ambientales, particularmente en lo que respecta a la restauración de humedales y el cumplimiento del Principio de Irreductibilidad. La inacción de las autoridades competentes ha llevado a la desesperación, ya que dudamos de la capacidad de SINAC para implementar medidas de restauración ecológica o respetar el Principio de Irreductibilidad en esta área ambientalmente frágil.

SINAC argumentó que el área de Playa Sámara-Río Lagarto ha enfrentado problemas de larga data, complicando la identificación y clasificación de humedales. En respuesta, la Corte Constitucional ha ordenado a SINAC proporcionar una solución definitiva en los próximos 12 meses. Además, el Estado debe cubrir costos y daños.

La resolución, bajo el expediente No. 24-003134-0007-CO, ordena: “David Chavarría Morales, director ejecutivo en funciones, y Nelson Marín Mora, director regional del Área de Conservación Tempisque (ACT), ambos de SINAC, deben: a) adoptar y tomar las medidas necesarias para dar una respuesta adecuada a la denuncia del recurrente dentro de un mes a partir de la notificación de esta sentencia, e informarle de la decisión.”

Esta orden judicial marca un paso significativo hacia el abordaje de preocupaciones ambientales en el área de Playa Sámara, poniendo presión sobre las autoridades relevantes para tomar medidas rápidas y decisivas para proteger el patrimonio natural de Costa Rica.

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